¿Qué es un bien de inversión?
Un bien de inversión es todo bien que compras para utilizarlo en tu negocio con una vida útil superior a un año y de valor superior a los 300€. Hacienda no te permite deducirte su gasto en su totalidad el mismo periodo de la compra. Tienes que deducirlo poco a poco a medida que el bien se «deprecia» y pierde valor.
Un bien de inversión es, por tanto, un bien que no has comprado para venderlo a tu cliente, sino para utilizarlo tú al llevar tu actividad. Por ejemplo, el ordenador que utilizas para realizar tu trabajo de autónomo o empresario.
Inmovilizado tangible
Es un bien duradero físico. Por ejemplo, un ordenador.
Inmovilizado intangible
En cambio, cuando compras un software que utilizas en tu ordenador, se trata de un bien intangible, porque no es físico.
Inversión inmobiliaria
En el caso de edificios, no es amortizable el valor del suelo, pero sí la construcción y rehabilitación.
¿Cómo se deduce un bien de inversión?
La deducción de los gastos en los bienes de inversión es diferente en el IVA (la parte de IVA soportado en tu factura de compra) y en el IRPF (la base imponible de tu factura de compra).
Deducción del IVA
Puedes recuperar el importe de IVA soportado en tu factura de compra en el mismo ejercicio en que lo has comprado. Has de tener en cuenta que sólo será deducible el 100% de las cuotas soportadas del impuesto en la medida en que los bienes adquiridos estén afectos totalmente a la actividad.
Deberás reflejarlo en tu liquidación trimestral de impuestos (Modelo 303) en la casilla destinada a los bienes de inversión, además de llevar el libro registro de bienes de inversión.
El importe mínimo para considerar un bien de inversión a efectos de IVA es de 3005,06€ de base imponible.
Deducción del IRPF
Los bienes de inversión, al contrario que los gastos corrientes, se deprecian con su uso a lo largo del tiempo, de modo que el gasto de la compra de un bien de inversión a efectos de IRPF tiene que deducirse a través de su amortización.
Podrán amortizarse libremente los bienes de inversión cuyo valor no exceda de 300€ (hasta el límite de 25.000,00€ en el mismo ejercicio) siempre y cuando sean inmovilizado material y nuevos.
¿Cómo se contabiliza y amortiza un bien de inversión?